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Levantan embargo de la Municipalidad de Ciudad del Este

La jueza Victoriana Cáceres dispuso el levantamiento de la medida cautelar de Embargo Ejecutivo sobre las cuentas bancarias habilitadas y existentes a nombre de la Municipalidad de Ciudad del Este. Los asesores jurídicos de la institución pidieron la nulidad del embargo amparándose en el artículo 716 del Cuerpo Procesal Civil que indica que los bienes municipales son inembargables. 

La directora jurídica de la institución Graciela Flores, afirmó que los bienes municipales son inembargables por lo que este embargo realizado por el oficial de Justicia Wilfrido Prieto Romero contra la comuna esteña no se ajusta a la ley y que el mismo será denunciado ante la Corte Suprema de Justicia por su mal accionar. 

El art. 716 del Código Procesal Civil (C.P.C.), modificado por Decreto Nº 1493/00, establece que «los bienes son inembargables. No se trabará nunca embargo sobre bienes y rentas del Estado, de las entidades autárticas o autónomas o de los departamentos o municipalidades»

Así también el Art. 717 del mismo cuerpo legal modificado por Decreto Nº 1493, indica que el levantamiento de oficio en todo tiempo respectivamente. El embargo indebidamente tratado será levantado de oficio o a petición del embargado. 

«La Municipalidad está en la tesitura de cumplir con el pago conforme la orden judicial pero debemos ser cautos, debemos tener certeza de que el pago se realice a las personas correctas, que se haga conforme a la ley y por sobre todo en base a un plan de pago acorde a la disponibilidad de la comuna sin dejar de cumplir con las demás obligaciones de la institución», dijo Flores. 

La abogada señaló que el oficial de justicia que procedió a realizar el embargo será denunciado debido a su irregular procedimiento.

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