Condenan a abogado por incumplimiento alimentario
Un Tribunal Colegiado de Sentencia condenó al abogado Ignacio Vega Franco a 2 años con suspensión de la ejecución de la pena, al hallarlo culpable por incumplimiento del deber legal alimentario. Fue durante un juicio oral y público llevado a cabo este lunes 11 de julio en el Poder Judicial de Ciudad del Este.
El organismo juzgador estuvo conformado por las magistradas Norma Girala, Mirta Aguayo y Carmen Barrios. La fiscal Analía Rodríguez (foto), de la Unidad Penal número 9, representó al Ministerio Público.
Según los antecedentes, la denuncia contra el profesional del foro fue presentada el 9 de diciembre de 2011 por la ciudadana Sandra Liliana Estigarribia Ríos, expareja del acusado, en representación de su hijo menor.
Previamente, el 5 de julio de 2010, el profesional del derecho fue condenado al pago mensual de la suma de 415.000 guaraníes por el Juzgado de la Niñez y Adolescencia. Dicho monto debía depositar en una cuenta judicial en el Banco Nacional de Fomento (BNF). Sin embargo, el encausado acumuló una deuda de 29.050.000 guaraníes en todos estos años, al negarse a asistir económicamente a su hijo menor.
El hombre para ser condenado a los 2 años con suspensión llegó a un acuerdo con la denunciante, entregando la suma de 6 millones de guaraníes. Luego, deberá aportar la suma mensual de 772.500.000 guaraníes durante los 2 años, más un refuerzo anual de 6 millones de guaraníes. Independientemente deberá seguir pagando los 415.000 mensuales que le impuso el Juzgado de la Niñez. De responder con estos requisitos, el abogado deberá cumplir en la cárcel la condena de los 2 años, según señaló la fiscal Analía Rodríguez.
Según los antecedentes, la denuncia contra el profesional del foro fue presentada el 9 de diciembre de 2011 por la ciudadana Sandra Liliana Estigarribia Ríos, expareja del acusado, en representación de su hijo menor.
Previamente, el 5 de julio de 2010, el profesional del derecho fue condenado al pago mensual de la suma de 415.000 guaraníes por el Juzgado de la Niñez y Adolescencia. Dicho monto debía depositar en una cuenta judicial en el Banco Nacional de Fomento (BNF). Sin embargo, el encausado acumuló una deuda de 29.050.000 guaraníes en todos estos años, al negarse a asistir económicamente a su hijo menor.
El hombre para ser condenado a los 2 años con suspensión llegó a un acuerdo con la denunciante, entregando la suma de 6 millones de guaraníes. Luego, deberá aportar la suma mensual de 772.500.000 guaraníes durante los 2 años, más un refuerzo anual de 6 millones de guaraníes. Independientemente deberá seguir pagando los 415.000 mensuales que le impuso el Juzgado de la Niñez. De responder con estos requisitos, el abogado deberá cumplir en la cárcel la condena de los 2 años, según señaló la fiscal Analía Rodríguez.
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