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Acusan a dos hombres que tenían armamentos y municiones en su poder

La fiscal Zunilda Ocampos Marín, de la Unidad Especializada Antisecuestro, formuló acusación contra Ricardo Palacios López (24) y Richard Colmán López (20) por la supuesta comisión de los hechos punibles de violación de Ley de Armas (tenencia de armas de fuego y municiones, portación de armas de fuego y municiones y producción de riesgos comunes) y asociación criminal. De igual modo, la representante del Ministerio Público solicitó la elevación de la causa a juicio oral.

Ambos fueron aprehendidos el 10 de agosto del 2016 durante un allanamiento practicado a una vivienda del kilómetro 9 Monday de Ciudad del Este. La intervención estuvo encabezada por el fiscal antidrogas, Manuel Rojas Rodríguez, considerando que inicialmente se manejaba la información que vivienda era utilizada para guardar sustancias estupefacientes. Pero al encontrarse gran cantidad de armamentos, la causa pasó a cargo de Zunilda Ocampos. 

Los sospechosos tenían en su poder dos granadas explosivas fragmentarias de mano, dos cordones detonantes, un revólver calibre 38mm con 8 cartuchos vivos, más 13 cartuchos calibre 12 mm y 16 cartuchos vivos 357mm. Además, de una placa policial, dos esposas, dos porta esposas, una llave artesanal para apertura, dos placas de vehículos, seis celulares, una computadora portátil, dos pares de guantes, una linterna, dos cinturones de polieters, cuatro cartucheras para armas, tres gorros y llaves varias, entre otros elementos. Asimismo, del sitio fue incautado un automóvil Toyota Carina, modelo 96, de color blanco, con chapa CAA 942. 

Según la investigación, el revólver calibre 38 mm incautado del poder de los encausados habría sido robado al guardia de seguridad Juan Carlos Agüero Bóveda, durante un asalto a mano armada perpetrado el 30 de mayo de 2016, siendo supuestos autores cuatro a cinco hombres encapuchados. En aquella oportunidad, los supuestos delincuentes igualmente robaron la suma de 30 millones de guaraníes, tras atacar una camioneta Nissan Frontier, de color plata, con chapa CCL 236, cuyos ocupantes trasladaban el dinero a un banco de plaza. 

Palacios López y Colmán López no justificaron la tenencia de las armas y los proyectiles. Solamente la Dirección de Material Bélico (DIMABEL) puede autorizar la tenencia y utilización de estos armamentos para casos específicos, explicó la fiscal Zunilda Ocampos. 

Las contundentes diligencias realizadas en la etapa investigativa hacen concluir al Ministerio Público sobre la existencia y la participación de los acusados en los hechos punibles. Los informes y demás constancias obrantes en el cuaderno de investigación fiscal y el expediente judicial demuestran fehacientemente la participación de los acusados en los referidos hechos punibles. El requerimiento conclusivo fue presentado en el Juzgado Penal de Garantías número 2, a cargo del magistrado Amílcar Antonio Marecos.



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