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Tiendas Francas operarán bajo un régimen aduanero especial

Las Tiendas Francas impulsada por el gobierno brasileño en 32 ciudades de fronteras operarán bajo un régimen aduanero especial, según se desprende de las dos presentaciones realizadas por la Receita Federal (RF) en Foz de Yguazú. La primera en un seminario y la segunda en una audiencia pública.

Las Tiendas Francas impulsada por el gobierno brasileño en 32 ciudades de fronteras operarán bajo un régimen aduanero especial, según se desprende de las dos presentaciones realizadas por la Receita Federal (RF) en Foz de Yguazú. La primera en un seminario y la segunda en una audiencia pública. 


De acuerdo a la reglamentación número 1799/2018 de la RF, en las tiendas francas se podrá comercializar mercaderías de fabricación brasileña y extranjera y el pago se podrá realizar con moneda nacional y extranjera. En principio fueron 26 los municipios beneficiados, esto finalmente ha aumentado a 32 entre las que se encuentra Foz de Yguazú. 

Las empresas interesadas en explotar estos espacios, no deben contar con problemas con el fisco, tener un patrimonio líquido superior a los 2 millones de reales, escritura contable digital y un sistema de monitoreamiento y vigilancia. 

LAS PROHIBICIONES. 

Bajo este régimen especial está prohibida la comercialización de vehículos en general, motocicletas, motonetas, bicicletas con motor, motores para embarcación, motos acuáticas y similares, casas rodantes aeronaves y embarcaciones de todo tipo. También no está permitida la venta de combustibles y lubricante, piezas relacionados a automotores. 

Sí se podrá comprar productos como chocolate, cerveza, champagne, vino, whisky, vodca, pintura, perfumes, champús, jabón de tocador, prendas de vestir, calzados, licuadora, batidora, horno eléctrico, fritadora, marco para lente, lentes de sol, relojes, despertadores eléctricos y recipiente término. 

Algo que no queda muy claro es el ítems 8516.60.00 que habla de «Otros Electrónicos», no especificando a que productos en concreto se refiere, lo cual abre un abanico importante para este rubro en particular. 

UNA VEZ AL MES. 

La cota de compra es de 300 dólares, una vez al mes. También existe una lista de productos cuya venta está limitada. Por ejemplo cada comprador, podrá comprar hasta 12 litros de bebidas alcohólicas, 20 mazos de cigarrillos, 25 unidades de habanos y 250 gramos de preparado para pipa. 

El tributo para las mercaderías importadas por sobre la cota, permitida es del 50 %. Los productos de fabricación nacional no serán comercializados por encima de la cota. La entrega de la compra solo se efectiviza luego de la comprobación del pago. La reventa es ilegal. 

La empresa que explote estos espacios está obligada a presentar un informe trimestral del stock de mercaderías. Debe abonar igualmente tributos al Fondo Especial de Desenvolvimiento de las Actividades de Fiscalización (Fundaf).

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