Conflicto de límites entre Franco y CDE sigue sin definirse
El conflicto de límites entre los municipios de Presidente Franco y Ciudad del Este sigue sin definirse a más de tres décadas. En octubre pasado, la Junta Municipal franqueña autorizó la realización de una mensura judicial basada en la ley 776/79 con el objetivo de encontrar una salida al diferendo.
La minuta fue presentada por el concejal municipal Cesar Benítez. «Lo que hemos pedido es que se haga como dice la ley, una compensación para ambas partes y eso va a llevar su tiempo, pero la intensión es solucionar de una buena vez esta situación», refirió.
«Nosotros tenemos que ver la forma de hacer cumplir la ley de límites. Acá se está perdiendo mucho en materia de impuesto inmobiliario, tanto para Ciudad del Este como Presidente Franco que no están recibiendo nada en la zona limite», añadió el edil.
Esta disputa es por unas 500 hectáreas y cerca de 6.000 millones de guaraníes en recaudación de impuestos municipales. Hace tres años se dio a conocer del Acuerdo y Sentencia número 1375, dictado por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia que declara inaplicable la ley 776/79 en relación al distrito de Ciudad del Este, según se alega, por varios defectos de fondo y forma. Se trata de la ley que amplía la circunscripción territorial del distrito de Presidente Franco.
Según la comuna esteña, esta acción lo que hizo es permitir que se mantenga el territorio que aseguran siempre perteneció de hecho a Ciudad del Este. Se trata de los barrios 23 de Octubre, Santa Ana, San Roque y Fátima Sur.
Existe igualmente una orden de no innovar con relación a las cuentas catastrales firmada por el juez Hugo Aguayo. En tanto, a lo que respecta a la delimitación final de los territorios, la comuna esteña es del criterio de se debe tratar en la Cámara de Diputados, debido a que, según refieren, a errores en la ley 776/79 que llega a zonas lejanas al lugar de discusión según las coordenadas. Sostienen que es una situación que se debe aclarar de una vez con una nueva ley, y no con interpretaciones caprichosas.
En su momento, sobre el acuerdo y sentencia 1375 la comuna franqueña se mantiene en la posición de la ley 776 se encuentra vigente, desde el momento en que fue promulgado por el Congreso de la Nación y fue sancionado como ley por el Poder Ejecutivo, y al no existir otra ley que la derogue en todo o en parte, se encuentra vigente.
Insiste que la modificación, creación o fusión de municipios así como los territorios que de ellos dependen solo pueden hacerse por una ley. Se dejó en claro que las resoluciones judiciales no tienen la envergadura de quitarle validez a una ley y menos limitar el derecho que de ella surjan, sino más bien declarar la inaplicabilidad de los efectos de la ley con relación al sujeto o la persona que acciona con el instituto de la acción de inconstitucionalidad, pero respetando siempre la validez de la ley y del derecho que surjan de ella, con relación a los sujetos o municipios que no lo consideran así.
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