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Instan a respetar plazo para difusión de propagandas electorales

Del 10 de febrero al 19 de abril de 2018, los candidatos de las distintas agrupaciones políticas que participarán de las Elecciones Generales del 22 de abril tendrán vía libre para difundir sus propuestas y programas electorales, informó la Fiscala Electoral, Myriam González

La representante del Ministerio Público añadió que la propaganda en la vía pública se debe realizar en los lugares habilitados por las comunas, cumpliendo con las Ordenanzas Municipales. 

Al respecto, los Artículos 294 y 295 de la Ley 834/96 Código Electoral otorga atribuciones a las Municipalidades para indicar los lugares habilitados para la realización de propaganda. En caso de tratarse de un bien particular, deberá mediar la autorización expresa del propietario. 

En tanto, para la regulación jurídica de la propaganda electoral y la propaganda política, el Artículo 290 de la misma ley, fija claramente que la propaganda electoral se extenderá por un máximo de sesenta días, contados retroactivamente desde dos días antes de los comicios, en los que está prohibida toda clase de propaganda electoral. 

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